"Domingo de la octava del Corpus.
Siguió el culto con sermón en ambas catedrales y por cuanto los artilleros y demás soldados y paisanos no podían desamparar sus puntos para ir a oír la misa, se dispuso decirles en las plazas públicos, una en la de la Seo para los de la puerta del Angel y puente de Piedra, la que se dijo en un altar que se colocó en una esquina de dicha plaza, donde se fijan los papeles públicos, de cuyo ejemplar no había noticia haber ocurrido. Siguió el mismo orden en las guardias y en lo demás, y por la tarde entró un batallón bastante falto del regimiento de Extremadura con su música que se alojó en el convento de San Francisco y a la noche ya hubo retreta. Este día se fijó un papel de S.E. cuyo tenor es el siguiente:
MANIFIESTO DE NUESTRO GENERAL
El ejército francés, acostumbrado al robo y la perfidia, ha empezado a ejercer en nuestro territorio su perversidad en todos los lugares por donde ha transitado, con el designo de atacar la capital de Aragón; y no hay genero de infamia que no haya cometido; ha batido con artillería los templos, ha profanado sus altares, robado los vasos sagrados, y cuanto ha encontrado en los pueblos, ha fusilado algunos de sus habitantes por solo inspirar terror. Viene sembrando proclamas hechas en Bayona o inventadas en España, y aun tiene valor de pretender seducirnos con engaños. La falsedad y la perfidia son sus armas, las conozco y conozco también a los traidores, tengo documentos originales que comprueban sus crímenes, y los anunciaré a su tiempo para vergüenza suya y desengaño de todos. Estamos pues, en el caso de vengar a nuestros ciudadanos, de conservar nuestra santa religión, la vida de nuestro rey y la existencia de nuestra patria, pero hagámoslo como hombres y no imitemos la vil conducta de estos pérfidos, tiñendo con sangre de inocentes nuestras espadas. Para ello, y para disponer lo conveniente a la defensa de la ciudad, reunir y organizar fuerzas y atacar a tan viles enemigos, me he situado a corta distancia en donde , menos distraído, me ocupo en trabajar noche y día; y para que mis tareas, y combinaciones tengan todo su efecto se logre el triunfo a que todos aspiramos y que asegura vuestro valor, consiguiente al manifiesto que publiqué el 31 de mayo próximo, mando:
1º. Que mediante los excesos cometidos por el ejército francés en Aragón, si se repitiere uno solo, cualquiera de sus soldados que no rinda las armas sea degollado, entendiéndose lo mismo con los oficiales que los mandan, luego que tengan noticia de este artículo que se comunicará al general Lefebvre junto con los 1º, 2º y 3º del mismo manifiesto.
2º. Que todos los oficiales y soldados de tropas españolas que haya en Zaragoza se presentan al cuartel de Convalecientes al comisario de guerra D. Pedro Aranda dentro de 24 horas. Los que estuvieren de guardia o empleados, dirigirán a dicho comisario una lista de todos los individuos, firmada de sus respectivos jefes, extendiéndose esta orden a todos los licenciados y cumplidos que hubieren servido en el ejército y se hallen en la ciudad y sus arrabales.
3º. Que por el inspector, jefes de estado mayor y de ingenieros se fije la fuerza de hombres que se necesita en cada puerta o punto de la ciudad para su defensa, y para las descubiertas y avanzadas, reconociendo su localidad.
4º. Los oficiales militares y los nombrados entre los paisanos para las compañías de los tercios formados en la capital darán razón, de acuerdo con los alcaldes de barrio, de todos los individuos de sus compañías y se presentaron con ellos y sus armas ante el mismo comisario para hacer el servicio en las 24 horas siguientes a la publicación de este bando. El que nos e presentare sin causa legítima, se procederá contra su persona y bienes.
5º. Todos los vecinos de los demás pueblos del reino que se hallan en Zaragoza, habiendo venido a tomar las armas, se restituirán a sus casas, presentándose a las justicias para cuando se les llame y sea menester, hayan de estar pronto, ocupándose entre tanto en la recolección de cosecha o en la que ordenaren los comandantes honrados, nombrados por mi en sus respectivos departamentos.
6º. Todo el que abandonase la guardia a que esté destinado sin licencia de sus inmediatos jefes, faltase al respeto de estos, alterase el buen orden, cometiese robo o injuriase a otro, será conducido a prisión y castigado con todo rigor.
7º. Conforme a lo publicado por bando, los alcaldes de cuartel y de barrio rondarán día y noche con los vecinos honrados sin distinción de clase, y cuidarán de mantener la tranquilidad interior de la ciudad y que se lleve a efecto lo dispuesto en el articulo precedente.
8º. La Junta Militar fijará los sueldos a la oficialidad del ejército y me propondrá el número de jefes que haya de haber en cada punto, para que se verifique el pago de las tropas con todo el orden y puntualidad que se requiere, y sean responsables de la conservación de los puestos que defiendan.
Cuartel General de Aragón, 18 de junio de 1808. Palafox".
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